ATRIBUCIONES ING. IND.
Ingenieros Industriales: Decreto de 18 de septiembre de 1935. Gaceta de Madrid nº 263 de 20 de septiembre de 1935. Fdo: Niceto Alcalá - Zamora y Torres. Único texto legal en vigor (no derogado) base de interpretación de las atribuciones de los Ingenieros Industriales.
Doctor Ingeniero Industrial: Incrementa las atribuciones de Ingeniero Industrial para ejercer como profesor universitario e investigador postdoctoral.
COMPETENCIAS PROFESIONALES DEL INGENIERO INDUSTRIAL
Decreto de 18 de septiembre de 1935 (aún vigentes hoy día)
Artículo 1.º- El título de Ingeniero Industrial de las Escuelas civiles del Estado, confiere a sus poseedores capacidad plena para proyectar, ejecutar y dirigir toda clase de instalaciones y explotaciones comprendidas en las ramas de la técnica industrial química, mecánica y eléctrica y de economía industrial
Artículo 2.º- Asimismo los Ingenieros Industriales de las Escuela civiles del Estado estarán especialmente capacitados para actuar, realizar y dirigir toda clase de estudios, trabajos y organismos en la esfera económico industrial, estadística, social y laboral.
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Artículo 3.º- El título de Ingeniero Industrial de las Escuelas civiles del Estado, otorga capacidad plena para la firma de toda clase de planos o documentos que hagan referencia a las materias comprendidas en los dos artículos anteriores y para la dirección y ejecución de sus obras e instalaciones, sin que la Administración puede desconocer dicha competencia, ni poner trabas a la misma en los asuntos que deban pasar, para su aprobación, por las oficinas públicas.
Madrid a dieciocho de septiembre de mil novecientos treinta y cinco.
Niceto Alcalá-Zamora y Torres
INGENIERÍA INDUSTRIAL
Campo de aplicación: industria en general, industria de automoción, constructoras, edificación (especialmente instalaciones), siderometalúrgicas, petroquímicas e industrias químicas, electricidad y electrónica, industria aeronáutica, organización industrial, asesoría y consultoría, urbanismo, sector de la energía, centrales hidroeléctricas y centrales térmicas, seguridad e higiene en el trabajo.
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